PUNTOS A TENER EN CUENTA AL ENCARAR UN DIVORCIO O SEPARACIÓN PERSONAL

¿Dónde se debe iniciar el juicio de divorcio?

La competencia en el caso de divorcio y separación personal, está dada por el lugar del último domicilio conyugal, o sea la ciudad donde estuvieron conviviendo los cónyuges. Entonces, a los fines de iniciar los trámites correspondientes debe contactar un abogado en dicha jurisdicción.

Mi cónyuge no quiere firmar el divorcio, ¿Puedo divorciarme de todos modos?

Efectivamente, el trámite lo puede iniciar cualquiera de las partes, siempre que hayan transcurrido tres años de separación de hecho sin voluntad de unirse. Es lo que se denomina divorcio por causal objetiva.

También, en caso de que uno de los esposos sea culpable de la separación, puede iniciar un divorcio por causal subjetiva. Las causas que pueden llevar a esto son: el adulterio (bastante difícil de probar), atentado contra la vida del cónyuge o sus hijos, instigación a cometer delitos, las injurias graves (causal frecuente y bastante amplia) y el abandono voluntario y malicioso.

De todos modos se recomienda encararlo de común acuerdo, es más sencillo, menos desgastante, y en definitiva, más económico.

¿Es posible el divorcio por causal objetiva (más de tres años de separación de hecho), aunque la pareja siga conviviendo  en la misma casa?

Si, no hay problema, existe jurisprudencia en ese sentido, la prueba de la separación de hecho sin voluntad de unirse  es un poco más complicada, pero no es un impedimiento.

¿En caso de que alguno de los cónyuges sea declarado inocente, qué beneficios tiene?

El único beneficio que le acuerda la ley es la posibilidad de reclamar alimentos al otro, mientras que no incurra en injurias graves.